En los últimos días, estamos asistiendo de nuevo a un debate que creíamos superado en nuestro país hace más de una década: el de si la violencia que se ejerce contra las mujeres se debería denominar “violencia de género” o “violencia doméstica”. Aunque podría parecer una simple cuestión de lenguaje, elegir una u otra palabra no es una cosa banal, puesto que, en este caso, las palabras sirven para respaldar también posiciones ideológicas.
Por mucho que ambos términos quieran referirse al mismo problema, no son sinónimos, básicamente porque ponen el foco del problema en diferentes aspectos. Mientras que la violencia de género es un término que se centra en la violencia que sufrimos las mujeres por el hecho de serlo (de ahí que se califique como “de género”, aunque hay quienes consideran más correcto que llamarla “violencia machista” o “violencia contra las mujeres“, para no entrar en el espinoso asunto del género), la “violencia doméstica” o “intrafamiliar” alude a aquella que se ejerce dentro del seno de la familia y no engloba únicamente a las mujeres, sino también a los hijos e hijas, abuelos y abuelas, etc. La violencia doméstica no requiere de una ley específica, puesto que ya está contemplada en el artículo 173.2 del Código Penal.
El término violencia de género reconoce que existe una violencia estructural que se ejerce contra las mujeres y que, por tanto, constituye una herramienta fundamental para seguir perpetuando la desigualdad y la discriminación, mientras que la violencia doméstica pone al mismo nivel la violencia contra las mujeres y la que se ejerce contra cualquier otro miembro de la familia. El Convenio de Estambul, que entró en vigor en 2014 y está dedicado a la lucha y a la prevención de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, diferencia estos términos de la siguiente manera:
por “violencia contra las mujeres” se deberá entender una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y designará todos los actos de violencia basados en el género que implican o pueden implicar para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada;
por “violencia doméstica” se entenderán todos los actos de violencia física, sexual, psicológica o económica que se producen en la familia o en el hogar o entre cónyuges o parejas de hecho antiguos o actuales, independientemente de que el autor del delito comparta o haya compartido el mismo domicilio que la víctima;
por “violencia contra las mujeres por razones de género” se entenderá toda violencia contra una mujer porque es una mujer o que afecte a las mujeres de manera desproporcionada.
Por su parte, el Instituto de la Mujer, define así la violencia de género:
La violencia de género ha sido y sigue siendo una de las manifestaciones más claras de la desigualdad, subordinación y de las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Este tipo de violencia se basa y se ejerce por la diferencia subjetiva entre los sexos. En pocas palabras, las mujeres sufren violencia por el mero hecho de ser mujeres, y las víctimas son mujeres de cualquier estrato social, nivel educativo, cultural o económico.
La violencia de género es aquella que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones de afectividad (parejas o ex-parejas). El objetivo del agresor es producir daño y conseguir el control sobre la mujer, por lo que se produce de manera continuada en el tiempo y sistemática en la forma, como parte de una misma estrategia.
Desde que en 2004 entró en vigor en España la Ley de Violencia de Género, existía una especie de consenso general acerca de la forma a la que había que referirse a este tipo de violencia. De hecho, conseguir que esta ley se llamara así, fue uno de los logros de las asociaciones de mujeres, que pelearon porque el termino “género” estuviera presente, de manera que se reconociera la opresión histórica que han experimentado las mujeres por el hecho de serlo. La batalla actual está centrada más bien en que esta ley sirva para amparar la violencia machista en general, más allá de los límites de la pareja.
Todas las violencias son malas, pero no todas las violencias son iguales ni se pueden combatir de la misma manera, porque sus causas son diferentes. No se trata de decir que un tipo de violencia sea más grave que otro, pero decir que todas las violencias son iguales, evita tener que profundizar en las motivaciones y en las consecuencias de cada una de ellas, así como en las medidas concretas que se deben tomar para combatirlas de forma específica.
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